El
Congresista Rolando Reátegui, haciendo uso del derecho que le confiere el
artículo 107º la Constitución Política del Perú y conforme en el artículo 76º del
Reglamento del Congreso, propuso el proyecto de ley que modifica el artículo 5
de la ley del notariado. Luego de ser aprobado en la comisión de Justicia, en
la sesión plenaria del jueves 23 de agosto se debatió y aprobó por mayoría la
modificación de ley
La realidad
de la provincias del interior del país, y en especial la de la región de San
Martín, ponen en evidencia la monopolización del servicio de notarias en las
zonas. Sólo en la región de San Martín, por ejemplo, hay un solo notario que realiza su labor para toda la población de
Tarapoto, ello evidencia la corrupción en las convocatorias, a pesar que
existen plazas suficientes para cubrir dichos puestos.
Las
modificaciones que propone el congresista Reátegui Flores a la ley vigente de
la ley del notariado se refieren a los incisos "a" y "b" de
los incisos 5.1 del artículo del Decreto Legislativo Nº 1049, del decreto
legislativo del notariado, correspondientes a la creación del número de plazas:
“Artículo 5.- Creación de plazas notariales
5.1.- El número de plazas de
notarios en el territorio de la República se establece de la siguiente manera:
a.- Una provincia que cuente con al
menos veinticinco mil habitantes deberá contar
con no menos dos notarios.
b.- Por cada veinticinco mil
habitantes adicionales, se deberá contar con un notario adicional
(...)"
Adicionalmente,
se modifica el artículo 9 del mismo decreto legislativo y autoriza, en última instancia,
al ministerio de Justicia, convocar a concurso - a nivel nacional - para cubrir
las plazas vacantes.
Tras un
debate de catorce horas en la sesión plenaria del jueves 23 de agosto se aprobó
por mayoría las modificaciones al Decreto Legislativo del notariado con 58 a favor, 26 en contra y 2 abstenciones, y en la modificación del artículo 5; 43 a favor, 39 en contra y 4 abstenciones.
No hay comentarios:
Publicar un comentario